Derechos de las personas con discapacidad

Derechos de la mujer con discapacidad

Las 2 chicas posan sonriendo en sus sillas de ruedas y con un cartel con el logo de Asodispro atrás de ellas.

Las mujeres en general deben enfrentar la discriminación desde muy pequeñas, y a pesar de las luchas por sus derechos que han desarrollado a través de los años, aun hoy enfrentan prejuicios que impide a muchas su desarrollo, principalmente a las mujeres con discapacidad quienes enfrentan 2 tipos de discriminación, la primera por género y la segunda por la discapacidad.

Lo anterior lo confirmó el Observatorio sobre Discapacidad y mercado de trabajo en España. Pero no solo en ese país se registra tal doble discriminación, según un informe de expertos de la ONU, en los diversos Estados se incumple con demasiada frecuencia las obligaciones respecto a sus derechos, dejándolas vulnerables a ser tratadas como objeto de lástima, exponiéndolas a la hostilidad y marginación, situación que les impide asumir sus derechos al no ser empoderadas.

Los expertos de ONU refirieron 3 ámbitos de preocupación:

1. La violencia física, sexual y psicológica, que puede ser institucional o interpersonal;

2. La limitación de los derechos sexuales y reproductivos, comprendidos el derecho a acceder a la información y la comunicación, el derecho a la maternidad y las responsabilidades relativas al cuidado de los niños;

3. La discriminación múltiple.

Según informa el Banco Mundial, cada minuto más de 30 mujeres sufren lesiones o contraen discapacidades graves durante el parto y, por lo general estas mujeres, cuya cifra oscila entre los 15 y los 50 millones, pasan inadvertidas

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, de la Organización de las Naciones Unidas.

Artículo 6 Mujeres con discapacidad

1. Los Estados Partes reconocen que las mujeres y niñas con discapacidad están sujetas a múltiples formas de discriminación y, a ese respecto, adoptarán medidas para asegurar que puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.

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2. Los Estados Partes tomarán todas las medidas pertinentes para asegurar el pleno desarrollo, adelanto y potenciación de la mujer, con el propósito de garantizarle el ejercicio y goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales establecidos en la presente Convención.

 

La convención entró en vigor el 3 de mayo de 2008. La convención cuenta con 161 signatarios, 92 signatarios del Protocolo Facultativo, 177 ratificaciones de la Convención y 92 ratificaciones del Protocolo.

Fuentes:

Observatorio discapacidad

Informe ONU

Enable ONU

Edición/diseño

Violeta Cáceres

Ana González

ASODISPRO

Personas Productivas con Discapacidad

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Actualidad

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